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miércoles, 30 de septiembre de 2020

La siniestralidad laboral mortal crece un 29,3% en el primer trimestre de 2020

 (1º CFGS  GESTIÓN FORESTAL)

Analicemos a continuación el siguiente artículo del dirario Público del pasado 13 de mayo de 2020:


La siniestralidad laboral mortal crece un 29,3% en el primer trimestre de 2020

Por otra parte, los accidentes con baja han sufrido una caída ligada al aumento del teletrabajo.

Tanto el número de accidentes laborales como su gravedad llevan un lustro aumentando en España. / EFE
Imagen de archivo de un accidente laboral./ EFE

SERVIMEDIA

La siniestralidad laboral mortal aumentó un 29,3% en el primer trimestre de 2020 con 181 muertes en el trabajo, 41 más que en el mismo periodo de 2019, según indicó este miércoles CCOO en base al avance de estadísticas de accidentes de trabajo publicado este miércoles por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El sindicato destacó que este aumento de la siniestralidad mortal se da a pesar del estado de alarma y el confinamiento que han afectado a gran parte de la economía española desde mediados de marzo, aunque sí se registra una reducción del conjunto de accidentes laborales con baja.

En este sentido, en febrero ya se había apreciado un descenso del -3,7% del conjunto de accidentes con baja, mientras que en marzo la reducción llegó hasta el -12,8%. En concreto, hasta el 13 de marzo el descenso era del -7,7%, pero a partir de la entrada en vigor del estado de alarma la disminución fue del -73,2%.

El grueso de la contracción de la siniestralidad se produjo en los trabajadores asalariados, con un 13,5% menos que en el mismo periodo del año anterior, mientras que en autónomos se registró un ligero repunte del 0,7%.

Asimismo, el descenso se produjo tanto en accidentes en jornada (-12,7%) debido a la paralización de la actividad económica, como en los que se producen en los desplazamientos al centro de trabajo (-13,7%), al haber desaparecido un gran número de desplazamientos a los centros de trabajo.

"Fuerte incremento" de las muertes en el trabajo

Sin embargo, los datos reflejan "un fuerte incremento" de los accidentes mortales, con un aumento del 29% de las muertes en el trabajo en los dos primeros meses del año y que en marzo repuntó hasta el 29,3%.

El incremento se concentró exclusivamente en los trabajadores asalariados, ya que en autónomos se repitió la cifra de fallecimientos del año anterior. Por sectores, sólo descendieron en los servicios, siendo el incremento "especialmente intenso", según CCOO, en la industria y en el sector agrario.

Hasta el 13 de marzo el incremento de accidentes mortales alcanzaba el 43,8% en jornada de trabajo, mientras que en desplazamientos alcanzaba un aumento del 33,3%. Una vez decretado el estado de alarma, los siniestros mortales aumentaron un 23,1% en jornada de trabajo, a pesar del parón de la actividad económica, mientras que sí se frenó la siniestralidad mortal in itinere, con un descenso del -16,7%, respondiendo a la lógica de la reducción de desplazamientos por el teletrabajo y los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

Para el secretario de salud laboral de CCOO, Pedro J. Linares, "que aumente la tendencia de crecimiento de la siniestralidad mortal en un contexto de paralización de la actividad económica sin precedentes es una demostración más de la debilidad del sistema preventivo español".


Fuente del artículo: https://www.publico.es/economia/siniestralidad-laboral-mortal-crece-29-3-primer-trimestre-2020.html#:~:text=La%20siniestralidad%20laboral%20mortal%20aument%C3%B3,de%20Trabajo%20y%20Econom%C3%ADa%20Social.

jueves, 22 de octubre de 2015

Siniestralidad laboral en España

Durante el año 2013 se produjeron y notificaron en España 468.030 accidentes de trabajo con baja; de estos, el 86,4% se produjo durante la jornada laboral (404.284 accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo) y el 13,6% restante se produjo en el trayecto del domicilio al centro de trabajo o viceversa (63.746 accidentes de trabajo con baja in itínere). La forma usual de expresar la siniestralidad por accidente de trabajo es el índice de incidencia. Este indicador muestra el número de accidentes que se producen en un periodo determinado (un año) por cada 100.000 trabajadores afiliados.




A continuación mostramos algunas gráficas sobre el índice de incidencia en España:

A) Índice de incidencia en función del numero de trabajadores en la empresa:


B) Índice de incidencia en función de la edad:

















B) Índice de incidencia en función del tipo de contrato y actividad:


B) Índice de incidencia según la forma del accidente:



CONTESTA LAS SIGUIENTES CUESTIONES:
1- ¿Cuántos trabajadores tienen las empresas con menor índice de incidencia? ¿Por qué crees que ocurre este fenómeno?
2- ¿Por qué crees que los trabajadores más jóvenes sufren más accidentes?
3- Sufren más accidentes los trabajadores con contrato temporal o indefinido? ¿Por qué crees que ocurre esto?


FUENTE:

martes, 18 de marzo de 2014

El accidente "in itinere". Algunas situaciones particulares

Álvaro Ba. Accidente de tráfico. Licencia Creative Commons2.0

El accidente al ir o volver del trabajo (in itinere) se considera accidente laboral, dado que se produce como consecuencia y ocasión del trabajo que efectuamos. Pero, hay algunas situaciones en las que pueden surgir dudas.

Para que el accidente in itinere sea considerado laboral debe cumplir los siguientes requisitos:
  • La causa debe ser el trabajo.
  • Debe ocurrir en un tiempo inmediato o próximo a la hora de entrada o salida del trabajo.
  • El trayecto debe ser normal, usual o habitual

De todas formas, podemos encontrar algunas situaciones muy particulares como:

  • ¿Qué ocurre si el lugar de origen no es el domicilio habitual? No importa si se sale del domicilio habitual o de otro, siempre que el trabajador no se desvíe de su trayectoria por motivos ajenos al trabajo. No obstante, se permiten pequeñas interrupciones, como desviarse para tomar un café.
  • Si el accidente ocurre tras salir de trabajar para ir a cenar o tomar una copa, no se consideraría como causa del mismo el trabajo y por lo tanto no estaríamos ante un accidente laboral.

  • ¿Cuál es el límite a lo largo del desplazamiento para que se considere accidente laboral: la puerta de casa, las escaleras…? En general, se considera que cuando el trabajador llega a su domicilio finaliza el trayecto y por lo tanto ya no habría accidente “in      itinere”.
Las escaleras y el garaje son zonas propias del domicilio, siempre que no sean de uso común (aunque hay sentencias contradictorias al respecto)

  • Si el accidente se produce por una imprudencia del trabajador se entiende que se rompe la casualidad, es decir, la causa ya no es asistir al trabajo.

  • Si el trabajador se dirige a comer o tomar un café durante un descanso, se considerará “in itinere”. Sin embargo, no se considerará si la ausencia es muy larga o si sale de su puesto laboral antes de la hora.

 

ARTÍCULOS RELACIONADOS:

·         La siniestralidad laboral en España

  FUENTE: Accidentes laborales in itinere. Revista EroskiConsumer